Plan de apoyo a las pymes: Línea de Crédito Covid-19 en profundidad

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28 de Abril, 2020

Escrito por M. Francisca Dufeu

Para entregar los créditos, se crearon 4 tramos:

 I. Micro y Pequeñas Empresas: con Ventas Anuales Netas de:

  1. MUF1: Hasta UF250 el Monto Máximo Financiamiento a Garantizar (MMFG).
  2. MUF10: Hasta UF2.500 MMFG.
  3. MUF25: Hasta UF6.250 MMFG.

Porcentaje Cobertura Máximo Garantía (PCMG): 85%.

II. Medianas Empresas: VAN sobre MUF25 y hasta MUF100. Hasta UF25.000 el MMFG.PCMG:80

III. Grandes Empresas I: VAN sobre MUF100 y hasta:

  1. MUF200): Hasta UF50.000 el MMFG.
  2. MUF400: Hasta UF100.000 MMFG.
  3. MUF600: Hasta UF150.000 MMFG.
  4. MMUF1: Hasta UF250.000. PCMG: 70%.

IV. Grandes Empresas II: VAN sobre MUF600 y hasta MMUF1. Hasta UF250.000 el MMFG.  PCMG: 60%.

Características del Crédito Covid-19:

  • Vigencia: se puede acceder a las nuevas condiciones hasta el día 30 de abril del año 2021.
  • Tasa Máxima: TPM + 3% (se fija al momento de otorgamiento del Crédito). Para todos los tipos de créditos autorizados, incluyendo en moneda Dólar.
  • Solo podrán optar a créditos quienes hayan iniciado actividades y puedan acreditar ventas mediante el SII.
  • El total crédito es de hasta el 25% de las VAN. Se considera VAN de 12 meses anteriores al otorgamiento del crédito, o si es por un plazo mayor entre el 1.10.2018 y el 30.9.2019.
  • Pueden optar exportadores cuyo monto exportado ha sido en los 2 últimos años calendario, en promedio, de un valor FOB igual o menor a USD 16,700,000 reajustado anual.
  • Plazo de pago de crédito entre 24 y 48 meses. Cuotas deben ser iguales y sucesivas, salvo que beneficien al Deudor. 
  • Mínimo 6 meses de gracia para pago del capital. Postergación de créditos preexistentes en Banco otorgante del Crédito Covid en al menos 6 meses.
  • Monto crédito de hasta 3 veces las ventas de la empresa deudora entre Octubre 2018-Sept. 2019.

Postergaciones de créditos vigentes:

  • A las Pequeñas Empresas se les postergará la deuda de créditos vigentes.
  • A las Medianas Empresas con ventas sobre MUF100, se les propondrá reestructurar sus pasivos, a fin de poder aumentar su capacidad de endeudamiento.
  • Para Micro Empresas (1° Tramo – ventas netas anuales de hasta UF25.000) habrán requisitos adicionales:
    1. No encontrarse en procedimiento concursal;
    2. No tener mora de más de 30 días desde el 31 de octubre de 2019.

* Las Empresas con Ventas anuales netas sobre MUF25, y mora por más de 30 días desde el 31 de marzo de 2020, tampoco podrán optar a créditos, salvo que reprogramen y no tengan mora.

  • Créditos solo podrán destinarse a capital de trabajo. Se excluyen créditos rotativos, factoring, para financiar reparto de dividendos y para pre pagar créditos antiguos.
  • Entrega de créditos debe ser Simple, Masiva, Expedita y Estandarizada. Las ofertas en cada segmento deben basarse en condiciones estándares y homogéneas.
  • Banco Estado no cobrará comisión de administración (gastos con cargo a su patrimonio). Comisión Cliente Fogape será asumida por cada Banco.
  • Garantía Fogape hasta el pago total del crédito o hasta 500 días desde su fecha de vencimiento. No cubre intereses (aunque se recapitalicen, solo capital).
  • Garantía Fogape hasta el pago total del crédito o hasta 500 días desde su fecha de vencimiento. No cubre intereses (aunque se recapitalicen, solo capital).
  • Empresa solicitante debe declarar al Banco haber sido afectada comercialmente por la emergencia sanitaria, y declarar el destino de los fondos del crédito.
  • No puede pactarse costo por el pre pago.
  • VAN se podrán medir, a elección del Acreedor, sobre:
    1. 12 meses anteriores al otorgamiento del Crédito Covid;
    2. Entre el día 1.10.2018 y 30.9.2019; y el año calendario 2019.Se excluyen deudores clasificados por el Banco en cartera deteriorada.
  • Para las deudas renegociadas, el plazo de la garantía se cuenta desde la fecha de la deuda originalmente garantizada, y con plazo máximo de cobertura hasta el día 30.4.2025.
  • Las solicitudes de reembolso por mora solo pueden efectuarse dentro de 500 días contados desde el vencimiento de la obligación garantizada.
  • Las garantías tienen los siguientes deducibles:
    1. Micro y Pequeñas Empresas: 5% del total de los saldos garantizados por el Fondo al Banco;
    2. Medianas Empresas: 3,5% del total de los saldos garantizados por el Fondo al Banco;
    3. Grandes Empresas: 2,5% del total de los saldos garantizados por el Fondo al Banco.
  • Cobranza a Deudores con VAN de hasta MUF100, basta acreditar al menos dos intentos de notificación simple de cobro extrajudicial. Para deudores con VAN sobre MUF100, basta acreditar notificación.
  • Se reserva un porcentaje total de las Garantías Fogape para empresas con VAN de hasta MUF25, no menor a un 25%, y para empresas con VAN de hasta MUF100 no menor a 45% del monto licitado.
  • No se podrán iniciar procedimientos concursales, juicios ejecutivos o ejecuciones de cualquier clase, respecto de los créditos pre existentes, por un tiempo mínimo de 6 meses contados desde el otorgamiento del Crédito Covid (Aplica sobre créditos pre existentes de otras instituciones a la otorgante del Crédito Covid).
Covid-19Crisis

M. Francisca Dufeu

Voluntaria de Simón de Cirene.

Periodista de la U. de los Andes, con más de 18 años de experiencia en Comunicaciones en BancoEstado, Falabella Retail, Agencia de Comunicaciones y Revista Qué Pasa.